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Programa Nacional de Cocniliación
07/04/2008
CIRCULAR NO. 001 DE 2008
Archivo Descargable : circular012008 arbitraje.pdf

CIRCULAR No. 001 de 2008

Para: Directores de Centros de Conciliación y/o Arbitraje.

De: Viceministro de Justicia

Asunto: Por la cual se precisa el alcance del artículo 15 del Decreto 3626 de 2007 y en

complemento de la Circular No. 007 de 2007

Estimado(as) doctores(as):

El suscrito Viceministro de Justicia se permite aclarar y precisar el alcance del artículo 15 del Decreto 3626 de 2007 “Por la cual se reglamentan las funciones de control, inspección y vigilancia sobre los centros de conciliación y/o arbitraje”, además en complemento del numeral 2.2 de la Circular No. 007 de 2007 en los siguientes términos:

El numeral 2.2 de la Circular 007 de 2007, determina: “Los centros de arbitraje citarán en los casos que les sea posible por escrito a la Dirección de Acceso a la Justicia a participar en el proceso de nombramiento de árbitros, en cuyo caso, de no asistir el representante del Viceministerio de Justicia, el centro de arbitraje estará plenamente facultado para llevar a cabo el nombramiento o reemplazo del árbitro, de lo cual, en todo caso, se le informará oportunamente a la Dirección de Acceso a la Justicia dentro de los dos días siguientes al nombramiento”.

Así las cosas y teniendo en cuenta el alto volumen de citaciones, para mayor agilidad las mismas se deberán realizar a través del correo electrónico arbitraje@mij.gov.co., así como la correspondiente información del nombramiento, en lo demás se continuará en sujeción al contenido de la Circular No. 007 de 2007.

La presente circular rige a partir de la fecha de expedición y será publicada en el Sistema de Información de la Conciliación para su conocimiento.

Dada en Bogotá, D.C., a los días de abril de 2008

GUILLERMO FRANCISCO REYES GONZÁLEZ

Viceministro de Justicia

Ministerio del Interior y de Justicia